Hace un par de meses, el Congreso aprobó la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal, destinada a combatir el fraude mediante las nuevas tecnologías. Esta ley, conocida también como “Ley antifraude” engloba diferentes medidas entre las que se encuentra la prohibición del software de doble uso.

Tras su aprobación el 11 de julio de 2021, se daba un plazo de tres meses para que todo software cumpla con la normativa. Es decir, a partir del 11 de octubre de 2021 tanto empresas como desarrolladores de software se enfrentan a elevadas sanciones si incumplen la normativa.

La Ley Antifraude incluye, además de la prohibición del software de doble uso, otras medidas. Entre ellas destacan las subidas impositivas, el control de las criptodivisas, la limitación de los pagos en efectivo y el control de la contabilidad B.

Prohibición del software de doble uso

Sin duda, una de las medidas más destacadas de esta Ley Antifraude es la prohibición del software de doble uso. Concretamente, se establece la obligación de que los sistemas informáticos que soporten los procesos contables “se ajusten a ciertos requisitos que garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, requisitos cuya especificación técnica puede ser objeto de desarrollo reglamentario, incluyendo en este la posibilidad de someterlo a certificación.”

De esta manera, cualquier software que permita una doble contabilidad o facturación será totalmente ilegal. También será ilegal si permite registrar transacciones distintas a las anotaciones realizadas o alterar dichas transacciones. Las empresas que tengan instalados este tipo de softwares y las empresas que los desarrollen se enfrentarán a elevadas sanciones.

Por otro lado, en la Ley Antifraude se menciona la posibilidad de someter a “certificación” los softwares, aunque todavía no se han establecido requisitos concretos. Se prevé que próximamente se publiquen una serie de requisitos concretos que las empresas desarrolladoras de software deban cumplir para poder certificar sus programas.


Sanciones por uso y desarrollo de software de doble uso

Aunque la ley no especifique, todavía, los requisitos que deben cumplir exactamente los softwares, sí que establece cuáles son las circunstancias en las que se puede sancionar:

Softwares que…

  • Permitan no reflejar, total o parcialmente, la anotación de transacciones realizadas;
  • Permitan alterar transacciones ya registradas incumpliendo la normativa aplicable;
  • No cumplan con las especificaciones técnicas que garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, así como su legibilidad por parte de los órganos competentes de la Administración Tributaria, en los términos del artículo 29.2.j) LGT;
  • Permitan registrar transacciones distintas a las anotaciones realizadas;
  • No se certifiquen, estando obligado a ello por disposición reglamentaria, los sistemas fabricados, producidos o comercializados.

Los autónomos y empresarios que tengan instalado un software de doble uso podrán enfrentarse a sanciones de hasta 150.000€ por ejercicio económico. Solo por tenerlo instalado, aunque no se haga uso de él.

Las empresas de informática que desarrollen y distribuyan programas de contabilidad que hagan posible el fraude fiscal serán duramente sancionadas. Concretamente con hasta 150.000€ por cada año que los hayan fabricado, vendido o distribuido.


11 de octubre: fecha límite para tener el software regulado

La prohibición del software de doble uso será efectiva el próximo 11 de octubre. Si tienes dudas sobe cómo puede afectar en la contabilidad de tu negocio, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

Desde Daemon4 seguimos trabajando día a día para ayudar a nuestros clientes con el software de sus empresas y para que se adapten a las nuevas normativas.